jueves, 8 de mayo de 2014

La ¿obligación o derecho? de presentar Plan de Vuelo

Nos pregunta un piloto de ultraligero (ULM) que, planificando un vuelo a Portugal, ve que hay obligación de presentar Plan de Vuelo (FPL) para cruzar la frontera: ¿Me dejarán en AENA hacerlo?

Es cierto que a veces, en una interpretación errónea de la normativa de ULM, algunos empleados de AENA no permiten presentar FPL a los ULMs aún cuando están obligados a presentarlo para cruzar una frontera, por ejemplo.

Por ello hay que explicarles que presentar FPL es un derecho que da acceso a tres servicios:

- Control, algo que los ULMs no pueden recibir por tener vetado el espacio aéreo controlado en su operación normal en España, es cierto.

- Asesoramiento, algo que fuera de espacio aéreo controlado es habitual que se de poco y solo en función de la “disponibilidad” del controlador.

- Alerta, Búsqueda y Salvamento (SAR), algo que un FLP activado hace que sea mucho más efectivo en caso de necesidad.

Así que por esto último, aunque solo sea para recibir un eficaz servicio SAR al que tienes derecho, es exigible que se tramite tu FPL cada vez que lo solicites.





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